sábado, 5 de marzo de 2016

INFORMACIÓN Y CULTURA: DE TODOS Y PARA TODOS

El término conocimiento abierto se podría definir como `la apertura a datos y contenidos´, pero no solo incluye el acceso libre a esta información sino también la capacidad de modificarlos y de ser partícipe de la información1. Por consiguiente, está relacionado con el derecho y libertad de la información, lo cual se recoge en el artículo 20 de la Constitución Española2. A continuación, analizaremos primero el panorama legislativo español, con respecto a estos ámbitos, y posteriormente, las nuevas demandas e iniciativas de varias asociaciones.

En primer lugar, conviene matizar que en el caso de la Constitución Española dicho derecho está ligado al concepto de `dar y recibir información´, pero no tanto entendido como hacer llegar a todos los ciudadanos la información, sino más bien con el requisito de la veracidad y también con la creación de medios de comunicación, tal y como se explica en concreto en el apartado d del artículo 20.1, para mantener la pluralidad de estos3. Por un lado, a la libertad de información se le exige veracidad pues se considera que está al margen del ámbito de la opinión, y es uno de los requisitos fundamentales de los periodistas, a los que se les exige el contraste de fuentes. El objetivo de esta es la formación de una opinión pública libre para el correcto funcionamiento de la democracia. Por otro lado, aunque en un principio se defienda esta pluralidad, como lo hace el Tribunal Constitucional, a favor de garantizar esta creación, en la práctica la creación de medios está limitada por unas condiciones técnicas y económicas (se requiere de grandes inversiones). Todo ello supone un riesgo de monopolización del mercado de la información, como queda patente en el duopolio televisivo de Mediaset y Atresmedia. Por ello, es importante salvaguardar la pluralidad. 
¡Sin libertad de información no hay democracia!

Aunque la Constitución Española ofrezca este enfoque, en el caso de España también se “ha intentado” relacionar los términos dar y recibir información con el de hacer llegar esta a toda la población, tal y como se recoge en el artículo 105 de la Constitución Española4. Estos intentos se reflejan en la Ley de Transparencia de 2013 que ofrece la posibilidad de solicitar información a las administraciones y asociaciones públicas, así como a los partidos políticos. En la solicitud no hay la necesidad de establecer los motivos que han conducido a esta, y los datos se hacen públicos directamente en la página web. No obstante, no se publicarán datos que puedan vulnerar otros derechos, como el derecho a la intimidad. Además de esta limitación, esta ley y en general la libertad de expresión e información están restringidas por varios casos: los casos de alarma, excepción y sitio; supuestos en los que el mantenimiento del orden público pueda verse alterado; y casos de los secretos oficiales o secretos de sumario5.

"Gobierno de España lanza dudoso portal de transparencia", Hispan TV (2014)

Todas estas medidas son consideradas insuficientes por algunas asociaciones, que defienden no solo el acceso a estos datos de carácter público o político, sino también el concepto de conocimiento abierto en general. Por ejemplo, con respecto a la Ordenanza de Transparencia del Ayuntamiento de Madrid, han aparecido nuevas demandas, llevadas a cabo por la Coalición Pro Acceso: aumentar los detalles de la información y realizar publicaciones en un plazo de tiempo menor, que hasta ahora es trimestral6. Dicha coalición tiene como principales objetivos los siguientes, tal y como se recoge en su página web oficial7: la publicación de datos de entidades públicas, con la colaboración de los funcionarios (en algunos casos sin la necesidad de una solicitud); pero llevado a cabo por un órgano independiente, por el cual la negación de datos debe ser algo puramente excepcional. Dentro de esta coalición se encuentran asociaciones destacadas como Access Info Europe, APDHE (Asociación Pro Derechos Humanos en España) o Greenpeace España. Además, otra de las asociaciones que también lucha por peticiones como estas es OKE (Open Knowledge España). La principal coordinadora del OKE es Alba Gutiérrez, que defiende los estándares internacionales de transparencia, integridad, participación y acceso8. Para ello, estos estándares se basan en una regulación: publicar datos del contexto local e información sobre la legislación, los procesos judiciales y la financiación política9. No obstante, no solo basta con la publicación de estos datos, sino que, además, hay que realizar una revisión periódica de los mismos. Según afirman estas asociaciones, todo ello forma parte de los derechos de la población o la sociedad civil, que también quiere formar parte de esto. Por ejemplo, una muestra de ello nos la ofrece OKE10, con una serie de peticiones, en 2015, llevadas a cabo por Ingenieros Técnicos Informáticos, con el objetivo de participar en la toma de decisiones informáticas del gobierno en los centros docentes de Extremadura. Además de estas implicaciones, OKE ya ha realizado varios eventos. Por ejemplo, en 2015 los socios se reunieron en una asamblea en Zaragoza11, y también ese mismo año realizaron su Conferencia Anual de Periodismo de Datos y Datos Abiertos, en varias ciudades españolas, como Madrid, Barcelona o Almería12. Persiguiendo dichos principios internacionales, luchan en contra de las patentes de software13, que hacen que el acceso a la información sea más restringido. Sin embargo, esto es un tema polémico, pues hay otra parte de la población que considera esto una violación e intromisión ilegítima de sus derechos de autor. Por tanto, uno de los principales conflictos es la confrontación entre la propiedad intelectual y el acceso libre a la información. Finalmente, otra de las actuaciones del OKE es la petición de fondos europeos para realizar actividades en común con otras organizaciones, como Wikimedia o Arduro, para conseguir una mayor accesibilidad de datos y un periodismo más libre14. Por consiguiente, OKE es un ejemplo más de organización que lucha bajo el lema lobbying for transparency (`presión para la transparencia´), al igual que Access Info Europe.




            Este tipo de asociaciones y organizaciones no se limitan únicamente a los datos políticos que han de tener un carácter claramente público, sino que el conocimiento libre tiene también muchas facetas más, como la ciencia o la educación. Por ejemplo, la REBIUN (Red de Bibliotecas Universitarias Españolas) es una comisión que actúa desde 1998, formada por universidades del CSI y el CRUE, que lucha por un mayor acceso a la investigación científica. Está claro que, si esto es posible, traería mejoras, pues facilitaría el conocimiento y entendimiento científico, lo que a su vez impulsaría nuevos proyectos e inventos para hacernos la vida mucho más sencilla. De igual manera, esto se podría aplicar a la formación educativa de numerosos jóvenes, aunque está claro que Internet ha supuesto un avance para ello. Se considera que Wikipedia ha facilitado esta labor, pues en 2015 recibió el Premio Princesa de Asturias de cooperación15. Wikipedia se constituyó en 2001 y está formado actualmente por numerosos voluntarios. No obstante, pese a sus mejoras, pues cuenta con sistemas de corrección, todavía faltan algunos aspectos por mejorar, pues ciertos artículos sí que presentan datos incorrectos (anacrónicos, falsos, etc.).



Como conclusión, el acceso a la información y a la cultura es un derecho, por lo que el hecho de que unos puedan acceder a ella y otros no es claramente injusto. Tener acceso a determinada información proporciona más conocimiento y, por tanto, a su vez más libertad. Por ejemplo, si la población tiene acceso a la financiación de los partidos políticos, esto puede ayudar a forjar una opinión más consolidada que ayude a la toma de decisiones. La transparencia debe ser, consecuentemente, uno de los principios básicos de la sociedad democrática, tal y como menciona la asociación Ciudadano Inteligente16, para que ayude a tener una igualdad de oportunidades (en este caso en referencia al acceso de la información) y mantener la pluralidad. No obstante, no solo estamos haciendo referencia a información política, sino también a información científica, periodística y cultural, que facilite el desarrollo educativo y la formación profesional de los ciudadanos, para que esto a su vez desemboque en progreso. Tener el mismo acceso a la información y cultura se traduce, en última instancia, en una mayor igualdad de oportunidades. Por ello, a mi juicio, es necesario, que el Gobierno tome nuevas medidas y proyectos que lo faciliten, tales como aperturas y financiación de nuevas enciclopedias digitales. No obstante, otra parte considera injusta un acceso total y gratuito a determinadas obras (científicas, literarias, periodísticas, etc.), pues viola sus derechos de propiedad intelectual (de autor, de intérprete o de Copyright). Ante esto, una posible solución sería limitar más el plazo de duración de la patente o que el gobierno diera una compensación económica al autor a cambio de un acceso completo y libre de su obra.


Principales referencias y notas a pie de página



3 Guichot, Emilio (coord.), Derecho de la comunicación, Ed. Iustel, 2013. 


5 Guichot, Emilio (coord.), Derecho de la comunicación, Ed. Iustel, 2013. 













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